Denegación de registro de la marca JETLAG para productos cosméticos

JETLAG: Una de las palabras de la temporada, ¡pero no en el derecho de marcas! El Tribunal de la Unión Europea confirma la denegación de registro de la solicitud de marca JETLAG en la clase 3, a pesar del carácter multifuncional de los productos cosméticos designados.
Septiembre de 2025
Por Alexandre Nogueira Pereira
Y Pierre Favilli
En un primer momento, la EUIPO denegó el registro de la solicitud de marca JETLAG alegando que la expresión «jet lag» era descriptiva de una de las características de los productos designados. En efecto, según la Oficina Europea, la expresión sería percibida por una parte del público pertinente como indicativa de que estos productos estaban diseñados para atenuar los efectos físicos visibles del síndrome del desfase horario.
Conocedor del litigio, el Tribunal de la Unión Europea confirma la posición de la Sala de Recurso de la EUIPO, a pesar de la diversidad de los productos cosméticos designados, que disponen en efecto de múltiples funciones. Precisa, por ejemplo, que si bien las cremas solares protegen al consumidor de las radiaciones ultravioleta, también permiten la hidratación y la revitalización de la piel, impactadas por el síndrome del «jet lag».
Así, los productos en cuestión forman un grupo de productos de una homogeneidad suficiente con respecto a su destino común, lo que permite adoptar una motivación global.
Añade que el público pertinente establecerá un vínculo directo y concreto entre la marca y los productos en cuestión, en vista de la evidente comprensión del término «jet lag», especialmente entre el público anglófono de la Unión Europea. La comprensión del término «jet lag» para el público no implica ningún esfuerzo y, asociado a productos cosméticos, comprenderá directamente su interés.
De ello resulta que la marca solicitada será percibida por el público pertinente como una descripción de una característica de los productos, a saber, su destino. El Tribunal de la Unión Europea desestima así el recurso y confirma la denegación de registro de la marca JETLAG.
LEGIMARK, gabinete de asesoramiento en propiedad industrial, le acompaña con el fin de apreciar la distintividad de su proyecto de marca y de adoptar la estrategia de depósito pertinente.
Sentencia del Tribunal (Sala Primera) de 23 de julio de 2025.
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